Querétaro ahora tiene sanciones más severas para quien viole las medidas sanitarias, esto luego de que el fin de semana entraran en vigor las modificaciones al Código Penal del Estado.
Entre las modificaciones que destacan, se encuentra el artículo 127 BIS, el cual sancionará a las personas que sabiendo que padecen una enfermedad grave en periodo infectante, ponga en riesgo de contagio la salud de otro o de varias personas que desconocen la situación; se le impondrán de tres a seis años de prisión y de tres a seis meses de trabajo a favor de la comunidad.
Cuando la conducta anterior se realice en agravio de una persona mayor de sesenta años, un menor o persona que no tiene capacidad para comprender el significado del hecho o capacidad para resistirlo, sujeto a su tutela, custodia o guarda, se aumentará la pena señalada.
Este delito se perseguirá de oficio, a excepción de cuando se trate de cónyuges, concubinarios o concubinas en cuyo caso solo podrá procederse por querella del ofendido.
Artículo 170
En cuanto a la discriminación del personal de salud, público o privado, la pena se incrementó hasta en una mitad más, y se perseguirá el delito de manera oficiosa.
Puedes consultar todas las modificaciones en La Sombra de Arteaga, del 18 de diciembre.