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COVID-19: ¿Qué pasa si no cumplo las medidas extraordinarias?

  • 4 mayo, 2020
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Anuncian 12 medidas que serán observadas y garantizadas por la autoridad sanitaria, con apoyo de protección civil y, de ser necesario, con la respectiva aplicación de la ley, para mitigar los efectos de COVID-19 en el estado.

Medidas

  • Sanciones a quienes no acaten las medidas sanitarias, de aislamiento o cuarentena, a sabiendas que están contagiados.
  • Mayores penas a quienes discriminen o agredan al personal de salud del estado.
  • Mayores sanciones para quien cometa violencia familiar.
  • Uso de cubreboca obligatorio en los espacios públicos.
  • Establecimiento de acciones que limiten los traslados no esenciales o innecesarios para las actividades de primera necesidad de las personas.
  • El tránsito en vehículo particular debe hacerse solamente por un máximo de dos adultos. Los menores que necesiten ser cuidados serán la excepción al viajar con un familiar.
  • Todo conductor de servicio público de transporte colectivo o de taxi está obligado a hacer uso de cubreboca y demás equipo de auto protección.
  • En el servicio de taxi solamente podrá ir el chofer y dos pasajeros como máximo en la parte posterior de la unidad.
  • Las autoridades sanitarias podrán realizar operativos en los diversos puntos donde haya aglomeraciones y no se guarde la debida distancia ni las medidas anunciadas.
  • A los responsables de convocatorias privadas o públicas que contravengan las normas sanitarias se les aplicará la ley administrativa correspondiente.
  • La policía del estado y de los municipios, podrá hacer uso de sus facultades de verificación de medidas sanitarias. Se priorizará la vialidad para los vehículos de emergencia  y se instalarán puntos de verificación en los accesos del estado: la carretera federal 57 y el libramiento a San Luis Potosí. 
  • Si una persona es sorprendida en un desplazamiento no esencial e innecesario, será conminada por la policía.

¿Qué pasa si no se respetan las medidas?

  1. Las autoridades informarán del Acuerdo y registrarán en una base de datos el comportamiento del ciudadano.
  2. Si reincide, se aplicará una Amonestación Pública y se registra la segunda falta al Acuerdo.
  3. Una nueva reincidencia llevaría a aplicar desde una sanción administrativa hasta una penal.
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Noemi Vizcaya

Contar historias y conocer lugares es mi pasión. Contacto: [email protected]

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