Elegir a nuestros representantes es tarea seria, pues es el momento en el que nos toca decidir el rumbo de nuestro entorno; sin embargo, es de suma importancia conocer cuál es la función de cada uno de ellos, para poder tomar decisiones acertadas y saber hacia dónde enfocar nuestras peticiones.
Diputados locales
Básicamente los diputados son los encargados de escuchar a su distrito para llevar a la Legislatura las peticiones, descontentos y urgencias de la población. Son electos según los principios de mayoría relativa y de representación proporcional.
Duración: tres años.
Reelección: puede ser hasta por cuatro periodos consecutivos de acuerdo con cada una de las constituciones estatales
Algunas de sus obligaciones y funciones:
- Decretar las contribuciones necesarias para cubrir los gastos de la entidad y los municipios.
- Aprobar el presupuesto anual de la entidad.
- Fiscalizar el gasto público estatal.
- Ejercer ante el Congreso de la Unión el derecho de iniciativa de leyes.
- Aprobar las reformas a la Constitución Federal aprobadas previamente por el Congreso de la Unión.
- Aprobar las leyes en todas las materias; excepto las expresamente concedidas por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos al Congreso de la Unión y a las Cámaras que lo integran.
- Conceder licencia a los diputados, al gobernador; admitir las renuncias a los Magistrados del Tribunal Superior de Justicia y de los demás funcionarios cuya designación competa a la propia Legislatura.
- Resolver si ha lugar o no, proceder en juicio político, en contra de los servidores públicos.
- Suspender o declarar la desaparición de algún Ayuntamiento y revocar el mandato de alguno de sus miembros.
- crear nuevos Municipios dentro de los límites de los ya existentes.
- Decretar la traslación provisional de los Poderes de la entidad fuera del Municipio de su residencia.
- Citar a comparecer a los servidores públicos o funcionarios de las dependencias, organismos del Ejecutivo, del Judicial, de los Municipios, de las entidades paraestatales, organismos autónomos y cualquier otra entidad pública.
Consulta todas sus funciones en: Constitución política del Estado de Querétaro
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